Estas son las medidas que regirán para el sector turismo en Bogotá
Mar, 16/02/2021 - 05:11
En este documento, encontrarás el Abecé del Decreto 039 del 2 de febrero del 2021, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, con las nuevas medidas generadas para mitigar el impacto del COVID- 19 en la ciudad para el sector turismo.
¿Qué medidas de bioseguridad debo tener en cuenta con el Decreto 039?
Los ciudadanos, visitantes y turistas de Bogotá deben continuar con las medidas de autocuidado establecidas para mitigar y controlar la propagación del COVID -19 en la ciudad, las cuales son:
- Uso de tapabocas quirúrgico convencional (recomendable), que cubra nariz y boca.
- Lavado de manos y desinfección, al menos cada tres horas.
- Uso permanentemente de alcohol.
- Distanciamiento físico, mínimo de 2 metros, en el desarrollo de las actividades diarias.
- Ventilación adecuada y suficiente de los lugares públicos y privados.
- En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
- En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
- Toma de temperatura al registrarse en el hotel.
- Desinfección de manos con gel o alcohol.
- Uso del tapabocas en las instalaciones del hotel.
- Distanciamiento físico de dos (2) metros.
- Uso de tapabocas en las instalaciones.
- Toma de la temperatura.
- Distanciamiento físico de dos (2) metros.
- Lavado o desinfección frecuente de manos.
- Evitar las aglomeraciones.
- Uso obligatorio del tapabocas.
- Toma de la temperatura al registrarse.
- Lavado o desinfección de manos.
- Distanciamiento físico de dos (2) metros.
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