Esta es la diferencia entre senadores y representantes a la Cámara
Las elecciones legislativas tienen como propósito escoger un nuevo Congreso conformado por dos cámaras: el Senado y la Cámara de Representantes.
En Colombia hay dos categorías de congresistas: senador y representante a la Cámara. El primero, que tiene mayor jerarquía y se elige por circunscripción nacional, es decir todos los colombianos podemos votar para elegirlo. Mientras que el segundo, se elige por circunscripción departamental, distrital en el caso de Bogotá o especial en el caso de las circunscripciones indígenas.
El Senado tiene una representación más nacional, es decir que un senador puede representar a todos los colombianos dentro de una bancada partidista, mientras que la Cámara de Representantes tiene una circunscripción más local, por ejemplo los representantes a la Cámara de Bogotá tiene que defender proyectos de ley que defiendan los derechos de los bogotanos, que pueden ser muy diferentes a los intereses de La Guajira”, explica Eugenie Richard, docente investigadora de la Universidad Externado. Si bien los senadores y representantes a la Cámara tienen las mismas funciones constitucionales, sus atribuciones varían en algunos casos.
La Cámara de Representantes tiene las siguientes funciones:
- Elegir al Defensor del pueblo.
- Estudiar las denuncias que se presenten y acusar ante el Senado cuando amerite a los llamados “aforados”.
- Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen y comisionar para la práctica de pruebas.
Por su parte, el Senado tiene la obligación de:
- Admitir la renuncia del presidente o vicepresidente en caso de que se requiera.
- Conceder licencias temporales al Jefe de Estado para separarse de su cargo.
- Improbar o aprobar ascensos a militares de alto rango proferidos por el Gobierno.
- Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y al Procurador general de la Nación.
- Estudiar las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país, llamados “aforados”.
Para ser elegido senador, se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad, a la fecha de la elección. Mientras que para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección.
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