Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD)
Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD)
Para Capital, Sistema de Comunicación Pública es muy importante contar con usted, por ello hemos dispuesto la siguiente información de interés:
En procura de mejorar los servicios que ofrecemos a nuestros grupos de valor, a través de las siguientes opciones usted podrá registrar sus solicitudes, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias sobre temas de nuestra competencia y de igual forma, consultar información relacionada con nuestra gestión institucional.
¿Quiénes pueden presentar derechos de petición, solicitudes de información, quejas, reclamos y sugerencias a Capital, Sistema de Comunicación Pública?
De acuerdo al artículo 23 de la Constitución Política “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.”
Tipo de peticiones
- Derecho de petición de interés general: solicitud que una persona o una comunidad presenta ante las autoridades para que se preste un servicio o se cumpla una función propia de la entidad, con el fin de resolver necesidades de tipo comunitario.
- Derecho de petición en interés particular: solicitud que una persona hace ante una autoridad, con el fin de que se le resuelva determinado interrogante, inquietud o situación jurídica que solo le interesa a él o a su entorno.
- Queja: manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones.
- Reclamo: manifestación de inconformidad referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
- Denuncia por actos de corrupción: manifestación que puede realizar cualquier ciudadano para enterar a las autoridades de la existencia de hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos de investigación y sanción. Dar a conocer conductas o comportamientos constitutivos en faltas disciplinarias por incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses de un servidor público.
Solicitud de acceso a la información: facultad que tienen los ciudadanos de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas, solicitud de registros, informes, datos o documentos producidos o en posesión control o custodia de una entidad.
¿Cuánto tiempo demora la entidad en dar respuesta a una PQRS?
Los términos que contempla la Ley 1755 de 2015, son:
- Derechos de petición de interés general o particular, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones: 15 días hábiles.
- Consultas: 30 días hábiles.
- Solicitudes de acceso a la información: 10 días hábiles.
Así mismo, con el fin de fortalecer los procesos administrativos bajo el principio de eficacia, eficiencia y transparencia, buscando siempre la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía, Capital cuenta con el lineamiento para la recepción, radicación y trámite para la respuesta de todo tipo de PQRSD, el cual puede ser consultado aquí.
AVISO DE PRIVACIDAD
Capital, Sistema de Comunicación Pública, conforme a las disposiciones contenidas en la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, cumple con el tratamiento de datos personales, propende por la seguridad y confidencialidad de los datos sensibles o personales que se hayan recogido y tratado en operaciones tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de aquella información que se reciba de terceros a través de los diferentes canales de recolección de información.