Presidente Duque sancionó ley que obliga a los altos funcionarios a publicar su declaración de renta

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Noticias Capital (Migración)
Jue, 02/01/2020 - 05:11
El presidente Iván Duque, sancionó este martes 31 de diciembre de 2019 la Ley 2013 que ordena la publicación de declaración de bienes y renta para altos funcionarios del Estado. Esta ley también ordena el registro de conflictos de intereses para servidores públicos. Según la presidencia, la normativa firmada por el jefe de Estado y por Margarita Cabello, la ministra de Justicia y del Derecho, busca dar cumplimiento a “los principios de transparencia y publicidad, y la promoción de la participación y control social a través de la publicación y divulgación proactiva de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios”. Las personas que deberán cumplir esas disposiciones en calidad de sujetos obligados son los servidores públicos electos mediante voto popular, los magistrados de las Altas Cortes, Tribunales y de la Justicia Especial para la Paz (JEP), el Fiscal General de la Nación, los fiscales locales, seccionales y los jueces de la República. Igualmente, será de obligatorio cumplimiento para los magistrados del Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nación, el Auditor General de la República, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República y el Registrador Nacional del Estado Civil. De la misma manera, deberán ceñirse a lo dispuesto por la norma, el presidente de la República, el Gerente General del Banco de la República, los miembros de los Consejos Directivos y Rectores y directores de universidades públicas, los directivos de las entidades adscritas o vinculadas a los ministerios y departamentos administrativos, con personería jurídica, y los embajadores y cónsules de Colombia en el exterior. De acuerdo con la Ley 2013, “la publicación de esta información será requisito para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo”. La información requerida tendrá que ser actualizarla cada año. El parágrafo 1 de esta ley subraya que: "la información a que se refiere este artículo deberá publicarse y divulgarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad". Por Agencia Anadolu
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