Bogotá: todo listo para firma del decreto que prohíbe la venta y compra de armas blancas

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Noticias Capital (Migración)
Vie, 19/10/2018 - 14:42
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  • En las próximas horas se firmará el decreto.
  • Esta iniciativa de la Alcaldía tiene como objetivo disminuir la tasa de homicidios y hurtos en Bogotá.
[/frase] El decreto que expidió la Alcaldía Mayor de Bogotá, contempla la prohibición de la venta y compra de armas blancas en los espacios públicos de la ciudad. "Nosotros no podemos reformar el Código Penal. Lo que estamos utilizando es el Código Nacional de Policía de Convivencia que nos permite sancionar a través de unas multas. Tanto porte como la venta de armas blancas en el espacio público está alrededor de los $ 200.000", aseguró Jairo García, secretario de Seguridad. https://www.youtube.com/watch?v=blrALvO2DyU&feature=youtu.be Según las autoridades, con este decreto se busca disminuir la tasa de homicidios y hurto en Bogotá. "Cerca del 45 % de los homicidios hoy en Bogotá ocurren con este tipo de armas y cerca del 50 % también utiliza estas armas blancas para el atraco violento en la ciudad. Así que este es un llamado de un trabajo conjunto y que desde la administración estamos tomando medidas pero también le estamos solicitando medidas al Congreso de la República", manifestó García. También, el funcionario hizo claridad en que este decreto, es una forma de reducir los índices de inseguridad en la ciudad. "Garantizar la seguridad ciudadana en torno a la prohibición del porte, venta y compra de armas blancas, que impliquen peligro para la vida o la integridad de las personas". La única excepción contemplada en el decreto para portar un arma cortopunzante, es para quien demuestre que tales elementos constituyen una herramienta de su actividad deportiva, oficio, profesión o estudio, presentando los documentos pertinentes, tales como, carné estudiantil vigente, carné de trabajo o cualquier documento que acredite la profesión u oficio o la actividad deportiva. Si al ciudadano se le llega a encontrar un arma blanca en algún sector público de la ciudad, podrá ser sancionado, conforme a lo dispuesto en los artículos 173 y 180 de la ley 1801 de 2016 con multa tipo 2 y destrucción del bien. La Policía Metropolitana de Bogotá en coordinación con la Secretaría Distrital Seguridad, Convivencia y Justicia instalará puestos de control móviles en los lugares en donde se realice o desarrolle operativos  permanentes y continuos en los establecimientos públicos, abiertos al público, en el sistema integrado de transporte público, en los vehículos de transporte público colectivo e individual, escenarios deportivos, culturales o de recreación y entornos escolares y en general en el espacio público. Por: Jessica Cedeño.
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