El uso del tapabocas se vuelve obligatorio en Bogotá

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Noticias Capital (Migración)
Lun, 11/05/2020 - 09:14
El Decreto 126 del 10 de mayo de 2020 establece las nuevas medidas transitorias que empezaron a regir a partir de hoy para el manejo del riesgo de la pandemia, este contiene medidas en salud, movilidad, desarrollo económico, hábitat y, principalmente, las que se toman para dar cumplimiento al aislamiento preventivo obligatorio.

Medidas del sector Salud

El uso de tapabocas que cubra nariz y boca será obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio, independientemente de la actividad o labor a la que salgan. De no utilizarlo podrá ser sancionado de acuerdo con el código de Policía. Las zonas de cuidado especial también quedaron establecidas. Hasta el momento hay Alerta Naranja en Kennedy. La movilidad está restringida en las UPZ Patio Bonito (Barrio Patio Bonito); Corabastos (Barrio María Paz); la UPZ Bavaria (Nueva Alsacia y Marsella) y la UPZ Calandaima (Barrios: Tintalá, Galán y Osorio). 

Medidas del Sector Movilidad

Se elaborará e implementará un plan de ampliación de la red de andenes, ciclorutas e intervenciones peatonales para permitir la movilización segura. Para este fin se podrán destinar, o autorizar a terceros, usar tramos de forma temporal o permanente para efectos de distanciamiento social, circulación o uso comercial, previa autorización. Igualmente, con el ánimo de incentivar la utilización de la bicicleta, los estacionamientos públicos y privados deberán aumentar sus cupos como mínimo en un veinte por ciento (20%), brindando condiciones de seguridad, apoyados en un plan estratégico. El sector privado, previa autorización, podrá instalar mobiliario de cicloparqueaderos en espacio público. Por otro lado, dentro de los vehículos, solo podrán viajar máximo cuatro personas, dependiendo de la capacidad de cada uno. Cuando regrese la medida de Pico y placa depende del comportamiento del flujo vehicular, se podrá acceder a una medida denominada Pico y placa solidario, la cual implica, entre otras, la posibilidad de pre-pagar el valor previsto para permitir la circulación, incluyendo la donación al programa Bogotá Solidaria en Casa dentro de las actividades de compensación social. Además, durante el período de la emergencia, se permitirá la circulación de vehículos de transporte público colectivo sin restricción alguna en el perímetro urbano. La Secretaría de Movilidad definirá los horarios de cargue y descargue de mercancías a los receptores de los sectores y subsectores económicos autorizados a reactivar sus actividades por el Gobierno Nacional, dentro de la gradualidad definida por el Gobierno Distrital. https://www.youtube.com/watch?v=jUtE_bBXrzo

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