¿Por qué acciones te podrían multar en la cuarentena general?

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Noticias Capital (Migración)
Vie, 16/04/2021 - 07:28
En vísperas de la nueva cuarentena general que inicia desde el próximo viernes, 16 de abril, decretada por la Alcaldía de Bogotá, la Policía Metropolitana invita a la ciudadanía al buen comportamiento y al acatamiento de las medidas establecidas en el decreto 114.
“Es un tema de disciplina y de compromiso que no salgamos de casa si no lo necesitamos. Recordemos que tenemos pico y cédula, podemos sacar la mascota, hacer deporte una hora, asistir a citas médicas, a la vacunación. Debe haber un compromiso total”, dijo la oficial de Policía, Alba Lancheros.
Véase también: Se instalaron puestos de control en Bogotá para el cumplimiento de la cuarentena https://twitter.com/PoliciaBogota/status/1383054193804648451?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1383054193804648451%7Ctwgr%5E%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fbogota.gov.co%2Fmi-ciudad%2Fseguridad%2Frecomendaciones-de-la-policia-de-bogota-en-esta-cuarentena Asimismo, la Policía aclaró que habrá 4.000 hombres con 29 puestos de control y presencia institucional en todos los peajes de Bogotá. Véase también: ¿Las autoridades te pueden multar por no acatar las medidas de la cuarentena?

Acciones por las cuales te pueden multar en la cuarentena

Cualquier falla contaría a las medidas del decreto 144 de 2021 pueden acarrear sanciones económicas contempladas en el Código de Policía, estas son las más recurrentes:
  1. No usar tapabocas: Según el decreto, este comportamiento puede acarrear una sanción tipo 4, que puede costar $936.320.
  2. Generar aglomeraciones o no mantener la distancia de más de dos metros en lugares donde, por emergencia, toque acudir: Este comportamiento puede devengar en una medida correctiva, que va de la suspensión temporal de actividad económica y el comparendo que indique el uniformado que haya conocido el caso.
  3. Realizar reuniones o fiestas con amigos o familiares puede acarrear una sanción tipo 4, que equivale a 32 salarios mínimos legal vigente cuyo costo es de $936.320. Además, deberá participar de una actividad pedagógica de convivencia y si la autoridad lo considera; puede dejarlos a disposición de un despacho judicial para ser investigado por esta conducta.
  4. Abrir establecimientos de comercio no esencial. Ten en cuenta que los establecimientos comerciales de bienes o servicios que no son de primera necesidad estarán cerrados este fin de semana.
  5. En el caso de establecimientos comerciales que incumplan las medidas contempladas en el decreto 144 de 2021, a quienes se encuentren infringiendo la norma se les impondrá comparendos por $969.094 que además pueden terminar con el cierre preventivo.
  6. Restaurantes no estarán abiertos al público: Estos tres días de cuarentena no se podrá consumir alimentos en restaurantes fuera de casa. Es importante hacer uso del sistema de domicilios.
  7. Comercializar bebidas alcohólicas puede llevar a la suspensión temporal de la actividad económica, más la multa que sea impuesta por el policía que conozca el caso.
  8. Ingerir bebidas alcohólicas en espacio público puede conllevar a una multa tipo 4, es decir de $936.320. Si conlleva otro tipo de acciones, como por ejemplo irrespeto a la autoridad, puede tener además una amonestación o conducción al Centro de Traslado por Protección CPT.
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