¿Tiene muchas deudas? Organice sus pagos con la Ley de Insolvencia

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Noticias Capital (Migración)
Jue, 23/05/2019 - 15:18
Si usted es de los que ya no aguanta más porque sus deudas le llegan "al cuello", le contamos que hay una manera de sobrellevar este incómodo momento: ¿Ha oído hablar de la Ley de Insolvencia? Canal Capital consultó a la abogada Andrea Rodríguez para conocer más sobre esta Ley de Insolvencia que, para personas naturales, entró en vigencia en enero de 2013. "El hecho de que me haya quedado sin contrato o que me hayan recortado la jornada laboral, o incluso haya afrontado un divorcio, no es causal en principio para que yo deje de pagar esa deuda. Esta herramienta busca, entre otras cosas, que un deudor que está con las deudas hasta el cuello, puedas negociar sus deudas con sus acreedores", indicó la abogada Andrea Rodríguez. https://youtu.be/acar5-76dKc Para la experta, es claro que el deudor después de quedarse sin ingresos, deberá continuar con unos gastos adquiridos previamente, debe alimentarse, debe transportarse, pagar servicios, cuotas de administración y si después de hacer acuerdos con sus acreedores le es difícil cumplir con el pago, se entrará a evaluar los bienes del deudor. "Si tiene mucho, pagará mucho, si tiene poco pagará poco, si no tiene nada, no pagará nada. Pero ojo, este beneficio aplica si el deudor obra de buena fe", puntualizó Rodríguez. Esta Ley busca que las personas que tengan obligaciones financieras y estén en mora, tengan la oportunidad de organizarse y evitar ser embargadas o desalojadas de sus viviendas. Para iniciar el proceso deberá radicar la solicitud de insolvencia en un centro de conciliación. Después de ser aprobado, se procederá a citar al deudor y a los acreedores a las audiencias de negociación. Por: Carlos Grosso
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