Qué viene para el país con el plebiscito

Plebiscito
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Noticias Capital (Migración)
Lun, 18/07/2016 - 19:00

¿Qué es el plebiscito?

La corte constitucional ha dicho que el plebiscito es una variante de una consulta popular y es para respaldar una decisión administrativa, en este caso una decisión del gobierno nacional.

En la ley, está estipulado que el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá convocar al pueblo para que se pronuncie sobre las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso, excepto las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes correspondientes.

También, el Presidente deberá informar inmediatamente al Congreso su intención de convocar un plebiscito, las razones para hacerlo y la fecha en que se llevará a cabo la votación, la cual no podrá ser anterior a un mes ni posterior a cuatro meses, contados a partir de la fecha en que el Congreso reciba el informe del Presidente. El Plebiscito no podrá coincidir con otra elección.

¿Qué viene?

El declarar exequible el plebiscito como mecanismo de refrendación para los acuerdos de paz, significa que la corte constitucional considera que esta acción no viola la Carta Magna por lo que los colombianos podrán utilizar esta herramienta para decidir si quieren o no validar lo definido en cuba.

Por ahora, el camino a la paz se despejó sólo falta conocer el documento definitivo para que se refuercen las campañas.

Con la decisión de la corte constitucional sólo se requerirá que 4,4 millones de colombianos voten por el sí  ¿cómo es eso posible?

La constitución no lo regula de manera detallada allí, no está estipulado un umbral sólo se habla  de una mayoría. La ley 134 de 1994, dice que para que un plebiscito sea válido, tendría que votar afirmativamente la mayoría del censo electoral.

En el caso de este plebiscito si  la mayoría de los colombianos votan por el NO habría que mirar si hay que modificar los acuerdos de la Habana o  volver al punto cero y el país tendría que renegociar otros términos.

¿Cómo se realizarán las campañas a favor o en contra del plebiscito?

Según la ley 134 de 1994, El acceso de los partidos y movimientos políticos a los espacios de televisión financiados por el Estado se hará de conformidad con lo establecido para el plebiscito constitucional. El Gobierno dispondrá del mismo tiempo en televisión para expresar su opinión sobre el plebiscito.

El uso de estos espacios se hará dentro de los veinte días anteriores a la fecha señalada para la votación.

Pero ¿qué implicaciones tiene la decisión de la corte constitucional?

El registrador del estado civil reveló los pormenores de la logística necesaria para las votaciones del plebiscito por la paz, dijo que la entidad tardará entre seis y siete semanas para preparar la votación después de la notificación del presidente de la república.

Hay que esperar a que se firmen los acuerdos definitivos de paz y a que el presidente de la república, informe al congreso y convoque una fecha para el plebiscito. Inmediatamente, la Registraduría iniciará los trámites logísticos para el día de las votaciones en todo el país.

En términos logísticos la Registraduría entre seis y siete semanas una vez cuente con los recursos que les sitúe el ministerio de hacienda para preparar este proceso de votaciones del plebiscito de la paz.

De igual manera, la jornada electoral iniciaría desde las 8 de la mañana a las 4 de la tarde  en la fecha que determine el presidente de la república.

Este proceso de votación de plebiscito equivale a un proceso de elección presidencial, requerirá cerca de 11.000 puestos de votación y entre 85.000 y 100.000 mesas para que todos los colombianos puedan sufragar.

Cerca de 35 millones de  personas están habilitadas para votar en el país en los mismos puestos en los que votaron en las elecciones regionales del pasado mes de octubre. La entidad estima que el costo del plebiscito será cercano a los 350 mil millones de pesos, también habrá mesas de votación en el exterior.

 

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