Colombianos en el exterior pueden postularse como jurados de votación
Jue, 03/05/2018 - 05:12
Todos los ciudadanos colombianos mayores de 18 años y menores de 60 podrán postularse para ser jurados de votación en el exterior para las elecciones presidenciales y vicepresidenciales.
La fecha límite para realizar la postulación es el 6 de mayo y los requisitos son:
- Documento de identificación (pasaporte – cédula de ciudadanía)
- Acercarse al respectivo Consulado o escribir un correo electrónico para manifestar su intención de ser jurado.
¿Quiénes NO pueden ser jurados?
- Funcionarios de la jurisdicción Contencioso Administrativo, de las primeras autoridades civiles en el orden nacional, seccional y municipal las que tienen funciones propiamente electorales.
- Miembros de las Fuerzas Armadas.
- Operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos, los auxiliares de los mismos y los funcionarios de Administración Postal Nacional.
- Miembros de directorios políticos ni los candidatos. Para el efecto dichos directorios enviarán la lista de sus integrantes al respectivo Registrador.
- Parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil del respectivo Jefe de la Misión Diplomática u oficina consular, de acuerdo al párrafo tercero del numeral segundo del artículo 5º de la Ley 163 de 1994.
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