¿Qué pasa si soy jurado y no puedo asistir?
Jue, 26/05/2022 - 09:48
Desde Capital, sistema de medios públicos, estamos interesados en que los colombianos conozcan todo en torno a las próximas elecciones presidenciales del 29 de mayo de 2022, así como las implicaciones que tiene este ejercicio democrático para cada ciudadano.
En esta nota te contamos qué pasa si no cumples con tu deber como jurado.
Primero, ten en cuenta que es obligación del ciudadano consultar si fue elegido como jurado de votación, así no haya sido notificado.
Te invitamos a leer: ¿Qué pasa si gana el voto en blanco?
Según el artículo 105 del Código Electoral, "El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva".
¿Cuáles son las causales de exoneración para ejercer como jurado de votación?
Según el artículo 108 del Código Electoral, las causales de exoneración son las siguientes:
- Grave enfermedad del jurado o su cónyuge, padre, madre o hijo.
- Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
- Ser menor de 18 años.
- Haberse inscrito y votar en un municipio diferente
- Certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento.
- Muerte del familiar, con el certificado de defunción.
- La edad, con la presentación del documento de identidad.
- La no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación.
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