Actividades de lo que sí y no podrá hacer en este nuevo ciclo de cuarentena

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Noticias Capital (Migración)
Mié, 20/05/2020 - 06:55
El presidente Iván Duque amplió la fecha de la cuarentena a nivel nacional hasta el 31 de mayo e indicó que a partir del 1 de junio y hasta el 30 del mismo mes se inicia una nueva fase de aislamiento preventivo inteligente. Para que los ciudadanos tengan presente cómo funcionará las medidas durante este nuevo ciclo de aislamiento, el Gobierno dio a conocer una serie de actividades permitidas y a su vez algunas restricciones:

Medidas obligatorias y recomendaciones

  • Las actividades que puedan hacerse en teletrabajo, trabajo virtual y trabajo en casa deberán seguir así.
  • El 80 % de los trabajadores del sector público permanecerá en esas modalidades.
  • Se deberá hacer una ampliación de los protocolos de seguridad generales y sectoriales expedidos por el Ministerio de Salud.
  • Obligatorio uso de tapabocas en el espacio público.
  • Se recomienda usar el transporte alterno como la bicicleta, motos, vehículos particulares (con máximo tres ocupantes) o taxi. Si se debe usar el transporte masivo, cumplir todas las condiciones de higiene y distanciamiento.
  • Los horarios de la jornada laboral deben estar diferenciados por sectores.
  • Debe existir un control en las empresas para evitar aglomeraciones al ingreso, hora de almuerzo y salida.
  • Quienes lleguen al país en vuelos humanitarios deben permanecer en cuarentena.

Actividades permitidas

  • Centros comerciales con distanciamiento social.
  • Museos y bibliotecas.
  • Laboratorios prácticos en universidades.
  • Comercio al por menor con medidas que contribuyan a disminuir el flujo de personas.
  • Servicios profesionales y especializados en medicina que no tienen relación con la atención de la pandemia.
  • Servicios de peluquería con cita previa.
  • Servicio doméstico.
  • Restaurantes siguen operando solo para llevar y a domicilio.

Restricciones:

  • Quienes tienen comorbilidades o preexistencias severas.
  • Mayores de 70 años.
  • El transporte intermunicipal terrestre y aéreo no podrá operar,salvo para abastecimiento.
  • Los vuelos internacionales permanecen restringidos, mientras dure la emergencia sanitaria, hasta el 31 de agosto.
  • Están prohibidas las remodelaciones inmobiliarias.
  • Los deportes de contacto, eventos deportivos, recreativos y todos los que generen aglomeraciones.
  • Bares, discotecas, billares, casinos y bingos.
  • Centros comerciales y sus plazoletas de comidas, los restaurantes ubicados allí solo podrán operar a domicilio.
  • Parques públicos, de diversiones y temáticos.
  • Restaurantes de forma presencial.
  • Servicios religiosos.
  • Cines y teatros.
  • Los colegios y universidades seguirán en modalidad virtual durante junio y julio.
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