Conoce cuáles son las excepciones del pico y cédula en Bogotá
Lun, 21/12/2020 - 04:55
La medida empezará a aplicar a partir de las 00:00 horas del 21 de diciembre para el ingreso a cualquier establecimiento donde se realicen actividades como:
- Adquisición, pago de bienes y servicios.
- Compra de cualquier producto al detal y al por mayor.
- Trámites bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
- La medida se aplicará de igual manera que se hizo en julio del presente año para restaurantes, supermercados, minimercados, centros comerciales, bancos y notarías.
- Los centros de salud.
- Las farmacias.
- Los servicios funerarios.
- Casos de trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos donde se requiera la comparecencia simultánea de dos o más personas.
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