Si tienes una micro, pequeña o mediana empresa, estos alivios pueden interesarte

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Noticias Capital (Migración)
Mié, 10/02/2021 - 06:42
Como parte de los alivios brindados por el Gobierno Nacional al sector empresarial para 2021, las micro, pequeñas y medianas empresas, que estén registradas en las Cámaras de Comercio del país y que hayan renovado su matrícula mercantil para el 2020, tendrán un descuento del 5 % sobre el valor de la tarifa de renovación. (Decreto Nacional 1756 del 23 de diciembre de 2020). Lo anterior aplica para personas naturales, jurídicas, Entidades sin Ánimo de Lucro, establecimiento de comercio, sucursales y agencias, siempre y cuando la renovación se realice en los tres primeros meses del año, es decir hasta el 31 de marzo. Así mismo, los certificados de existencia y representación legal y los de matrícula mercantil, expedidos por las Cámaras de Comercio, tendrán un descuento del 5% sobre el valor de las tarifas. De igual forma, la cancelación de la matrícula mercantil y los cambios de información en el registro público mercantil (mutaciones) tendrán un descuento del 7 % sobre el valor de la tarifa. Ese mismo descuento aplica para la inscripción en el registro mercantil de los actos, libros y documentos, tales como nombramientos, reformas estatuarias, entre otros. Puede interesarte: Distrito fortalecerá estrategias de reactivación económica ¿Las tarifas especiales aplican para todos los registros públicos? Aplican para el registro mercantil y las Entidades Sin Ánimo de Lucro. No aplican para el Registro Único de Proponentes, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza y el Registro Nacional de Turismo. ¿Qué vigencia tienen las tarifas especiales? Las tarifas especiales establecidas en el Decreto 1756 de 2020 regirán hasta el 31 de diciembre de 2021. ¿Los descuentos aplican para las grandes empresas?  No, los beneficios no aplican para aquellos inscritos que tienen la categoría de gran empresa.
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