Ministerio de Salud adelanta reglamentación para regular la eutanasia en Colombia
El Ministerio de Salud publicó un proyecto de resolución con el que busca reglamentar la eutanasia en Colombia para los pacientes que sufren de una condición de salud extrema, la cual les genera dolores irremediables y sufrimiento constante. En este documento se tocan temas claves como los procedimientos a ejecutar y los mecanismos disponibles para realizar la respectiva solicitud.
“El Ministerio de Salud hizo una propuesta sobre la eutania en Colombia, la cual va en la dirección correcta, sin embargo, es muy limitada y muy híbrida, debería hablarse de muerte médicamente asistida”, afirmó el médico salubrista y profesor de la Universidad de Los Andes, Luis Jorge Hernández.
El objetivo de esta nueva reglamentación es aclarar las acciones que deben presentar los prestadores de servicios de salud y entidades, frente a una solicitud de eutanasia por parte de los pacientes.
“Una gran ventaja es que el paciente pueda llamar a la EPS para activar el mecanismo en el casol que tenga patologías crónicas, que no esté hospitalizado, y que, de una u otra manera, esté manejado ambulatoriamente y pueda activar llamando a la EPS. Lo vemos como un gran avance para el derecho a morir dignamente de los pacientes que estén en este tipo de circunstancias”, mencionó Néstor Álvarez, voceros de Pacientes de Alto Costo.
Los requisitos mínimos para solicitar la eutaniasia son:
La presencia de una condición de salud extrema.
Referir sufrimiento intratable e irremediable secundario a la enfermedad.
Estar en condiciones de expresar la solicitud de manera directa.
“La resolución es buena, sin embargo, hay que ampliarla en términos que incluyan dolos y eventos de muerte médicamente asistida. Así mismo, eliminar barreras de acceso, pues los comités médico-científicos pueden construir barreras de acceso a las personas que quieran este derecho, si no están bien reglamentados”, puntualizó el profesional de la salud Luis Jorge Hernández.
La eutanasia también podria realizarse en menores de 18 años de edas bajo ciertas restricciones:
Después de los 6 años y hasta los 12, podrán tomar la decisión si tienen un pensamiento consciente acerca de la muerte, además de contar con la concurrencia de quien ejerce la patria potestad del menor. Sin embargo, de los 14 a los 17 años de edad, no es obligatorio contar con esta medida.
“Consideramos muy importante que ya esté incluido el tema para los niños mayores de 6 años y para todos los adultos; que se pueda solicitar a cualquier médico, no solamente al médico tratante. Por otro lado, los tiempos de 10 días son muy largos, se debería reducir a máximo 5 o 6 días”, concluyó Néstor Álvarez.
El documento oficial estará publicado en la página oficial del Ministerio de Salud, con la finalidad de recibir comentarios al respecto por parte de la ciudadanía hasta el día viernes 29 de diciembre del año 2023.
Por: Laura Camila Másmela Bernal
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