Este es el personal con excepciones a la restricción de la movilidad en Bogotá

Restricciones de movilidad
canalcapital
Noticias Capital (Migración)
Mar, 06/04/2021 - 04:32
Luego de anunciarse la nueva restricción de movilidad en Bogotá que irá desde el sábado 10 de abril a las 00:00 horas hasta el martes 13 de abril a las 4:00 a.m., la Alcaldía anunció las personas y servicios que están exceptuadas durante esta jornada:
  • Atención y emergencias médicas y veterinarias, incluyendo los servicios de ambulancias, sanitario, atención prehospitalaria, la distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y aquellos destinados a la atención domiciliaria.
  • La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de bienes de primera necesidad. 
  • Comercio electrónico.
  • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar la cual se realizará exclusivamente en un horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m.
Te puede interesar:¿Cuáles son las actividades exceptuadas en la nueva restricción de movilidad en Bogotá?
  • La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios.
  • Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • La prestación de servicios: bancarios, financieros, de operadores postales de pago, profesionales de compra y venta de divisas, centrales de riesgo, transporte de valores, vigilancia, seguridad privada y de empresas que presten el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas. 
  • Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.
Lee también: Conoce los establecimientos donde no funcionará el Pico y Cédula
  • Los programas sociales indispensables que requieren continuidad del servicio a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF,) la Secretarla Distrital de Integración Social, Secretarla Distrital de la Mujer, Secretarla Distrital de Educación e IDIPRON, los asociados a la distribución de raciones del Programa de Alimentación Escolar (PAE), así como aquellas actividades docentes y de distribución de material que hagan parte de la estrategia de educación no presencial de instituciones educativas oficiales y no oficiales.
  • El personal indispensable para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación debidamente acreditados.
  • El personal indispensable para asegurar la alimentación, atención e higiene de Los animales que se encuentren confinados o en tratamiento especializado.
  •  El personal indispensable para la ejecución de obras civiles publicas que se adelanten en la ciudad.
  • Las actividades de la industria hotelera y servicios de hospedaje.
  • Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano.
  • Todas las personas que presten el servicio público de transporte, incluyendo al personal de Transmilenio. 
  • Personal operativo y administrativo de los terminales de transporte.
  • Personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá.
Lee también: Bogotá tendrá cuarentena general de sábado a martes y pico y cédula hasta el 19 de abril
  • Las actividades de comercio adelantadas en el marco del permiso excepcional de la Resolución 345 de 2021 expedida por la Secretarla Distrital de Gobierno.
  • Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales exclusivamente para la comercialización de alimentos y bienes de primera necesidad.
  • Las personas que retornan por circunstancias de fuerza mayor o extrema necesidad al Distrito Capital vía terrestre.
  • El desarrollo de actividad física individual al aire libre, por un periodo máximo de una 1 hora al día. Los niños y adolescentes deberán estar acompañados de un adulto cuidador, quien podrá hacerse cargo máximo de tres menores de edad.
Las grandes superficies, almacenes de cadena y centros comerciales, podrán funcionar en su totalidad, siempre y cuando mínimo el 50 % de sus áreas o de su oferta comercial sea de bienes considerados como esenciales o de primera necesidad, en caso de no cumplir este porcentaje no podrán funcionar durante el periodo de restricción. Te puede interesar: Apoyo de ciudadanos, clave para que reciclaje sea exitoso Las mudanzas solo podrán realizarse con estricto cumplimiento por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio, de los protocolos de bioseguridad y en casos de extrema necesidad, tales como, finalización del contrato de arrendamiento, para atender personas en estado de vulnerabilidad manifiesta o cuando no exista otras alternativas que garanticen la vivienda digna y circunstancias análogas.
Banner Encuentros Capital

Otras noticias

  • Aunque la propuesta de incluir las recomendaciones de la Comisión de la Verdad en el Plan Nacional de Desarrollo se hundió en el Congreso el pasado mayo, eso no impide que las entidades del Estado deban seguir trabajando para cumplirlas. 

  • En América Latina y, en especial en Colombia, somos muy propensos a crear leyes para combatir ciertos fenómenos que se dan dentro de la sociedad, ¿son suficientes las leyes o mecanismos que hay para combatir la corrupción?  Lee también: ¿Cuáles son los escenarios donde surge la corrupción? En Ahora hablamos con Michel Levien, director del Instituto Internacional
  • Según el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción, hay escenarios propicios para la corrupción, como cuando se presentan situaciones de emergencia social, el caso de la pandemia del Covid-19 es un ejemplo.
    “Hay gente que se aprovecha de las situaciones de urgencia y lo ve como una oportunidad para guardarse dinero”, expresó Michel Levien, director del Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción en Colombia.
    Según Leiven desde lo jurídico y los datos se consigue la t